Ramas (de poder)

De Enciclopedia Symploké, la enciclopedia libre.
Saltar a: navegación, buscar

Las tres Capas (de poder) según las cuales se organiza el cuerpo de la sociedad política, constituyen la «forma del contenido» al que habrá que aplicar las formas sintácticas de las Ramas del poder (Operativo, Estructural y Determinativo). De este modo la doctrina sintáctica del poder político encuentra, como vía propia para su interno desarrollo, la doctrina de las tres Capas del cuerpo de la sociedad política (capa conjuntiva, capa basal y capa cortical). El desarrollo del concepto sintáctico también podría ser considerado simultáneamente como un desarrollo de cada una de las Capas.

Poder.png
  • Poder ejecutivo es el poder operativo en cuanto capacidad de actuar en la capa conjuntiva. Pues operar, en el ámbito de la capa conjuntiva, es tanto poder aproximar a sujetos o bienes (reunirlos en asamblea, convocar a los ciudadanos, retribuirlos) como separar a los ciudadanos entre sí (disolver asambleas, disociar, por exacciones, ciudadanos y bienes, etcétera). Operar es, según ello, también poder de obligar (poder coercitivo) a los ciudadanos según unas rutas y no otras; incluso «cancelar» a un ciudadano ejecutando una sentencia de muerte. La ejecución de una sentencia es un ejercicio del poder ejecutivo, porque aunque emane del poder judicial, ella quedaría sin efecto si el poder ejecutivo no la hiciese cumplir. La morfología del poder ejecutivo, actuando en la capa conjuntiva, toma figuras muy heterogéneas dependientes del nivel tecnológico, histórico y social. Pero éstas mantienen siempre ciertos hilos constantes: por ejemplo, una organización policiaca como brazo ejecutor del poder operativo en su capa interior o conjuntiva
  • Poder Legislativo es el poder estructural en cuanto capacidad de actuar en la capa conjuntiva. El poder estructural, dentro de la capa conjuntiva, es la capacidad de establecer relaciones normativas estables, regulares, en la perspectiva de la eutaxia, buen ordenamiento, entre los términos (individuos o grupos). Son las leyes. Pero las leyes a las que nos referimos aquí son las leyes pensadas desde la perspectiva política, fundamentalmente las leyes constitucionales. Las constituciones se establecen una vez que las normas de primer orden están ya dadas; y aunque aquéllas tengan la pretensión de ser una axiomatización hilbertiana de las leyes empíricas, esta pretensión no se logra plenamente.
  • Poder Judicial es el poder determinativo aplicado a la capa conjuntiva de la sociedad política, en cuanto poder clasificador (sujetos operatorios) dados en el marco de las clases asociadas a las relaciones. La censura, que la república romana instituyó en el año 416 antes de nuestra era, podría ser un ejemplo clásico de poder determinativo: el censor no tiene Imperium (poder ejecutivo) pero tiene que clasificar a los individuos en ciudadanos, y no ciudadanos; a los ciudadanos en categorías fiscales o militares. La capacidad que las mayorías tienen en las democracias parlamentarias para derribar gobiernos o elegirlos (capacidad que también podría estar detentada por minorías, por el mecanismo del «golpe de Estado») podría considerarse conceptualmente como un ejercicio del poder judicial: el pueblo actúa aquí no como legislador ni como ejecutor, sino como jurado.
  • Poder gestor es el poder operativo aplicado a la capa basal; el poder operativo es ahora una capacidad gestora, movilizadora de las fuerzas de trabajo, capacidad que el poder político ha de tener de algún modo si efectivamente tiene una responsabilidad en el buen ordenamiento. No hace falta que sea violento (como poder de reclutar y hacer trabajar mediante capataces interpuestos a los esclavos que cultivan los grandes regadíos). A veces resulta más eficaz el poder estimulador, es decir, la capacidad del poder político para disponer de estímulos suficientes, estadísticamente hablando, para disuadir a una gran porción de la fuerza de trabajo de rutas no deseadas y atraerles a las rutas preestablecidas. El poder estimulador tiene como instrumento principal la política de salarios o primas a la producción, promesas de ventajas futuras, la mejora de condiciones relativas de viviendas para los trabajadores y de perspectivas para sus hijos.
  • Poder Planificador es el poder estructural aplicado a la capa basal. Consiste en algo así como una capacidad de planificación y programación de la producción global, sea sancionando proyectos y planes ofrecidos, sea bloqueando otros, sea elaborando los propios programas y planes. Ejemplo típico: los «planes quinquenales» de la Unión Soviética en los años 20 y 30. Este poder no puede ser sustituido por el poder legislativo porque lo esencial es su efecto planificador, su capacidad de formar proyectos públicos que constituyen la auténtica base de la sociedad política, pues son los que ofrecen, teóricamente, las rutas hacia su propio desarrollo y subsistencia.
  • Poder redistribuidor es el poder determinativo aplicado a la capa basal. Se identifica con el poder redistribuidor, con el poder fiscal, es decir, con la capacidad del poder político para fijar impuestos y exacciones a los sujetos o instituciones y redistribuir lo recaudado a fin de proporcionar, principalmente, la base «energética», ante todo para la replicación de los agentes, pero también para la producción en general. Las funciones del poder fiscal son análogas, en la capa basal, a las que el poder judicial tiene en la capa conjuntiva. Imponer exacciones a cada súbdito es fundamentalmente clasificar; como también lo es canalizar las redistribuciones.
  • Poder Militar es el poder operativo actuando sobre la capa cortical, consiste fundamentalmente en el poder militar o De Iure Belli Ac Pacis, el poder de cara a la guerra contra los extranjeros y los dioses extraños que comprometen la estabilidad y soberanía del poder político, oponiéndose, como los cristianos en Roma, al culto del emperador; o bien el poder para asociarse o federarse con otros pueblos. Comporta, por tanto, la disponibilidad de un ejército capaz, paralelo a la policía de la capa conjuntiva, con poder (o derecho natural) de invasión hacia los extranjeros y hacia los dioses extraños. El poder comercial confluye muchas veces con el poder basal de redistribución (la idea de Estado comercial cerrado).
  • Poder federativo es el poder estructural ejercitado en la capa cortical, podría asimilarse con el «poder federativo» aun cuando éste suele ser subsumido en el poder ejecutivo. Pero el poder federativo es un poder que capacita a la sociedad política a establecer relaciones regulares y normativas con sociedades extrañas (concordatos con la Iglesia, alianza con extranjeros) y que, por tanto, sólo podrá estimarse como tal poder cuando él sea compatible con la preservación de la soberanía.
  • Poder diplomático es el poder determinativo, cuando se aplica a la capa cortical, viene a equivaler a la facultad de juzgar, es decir, de determinar quiénes son los miembros de la clase de extraños que puedan ser considerados como aliados o como enemigos. Este poder intersecta ampliamente con el campo del derecho internacional y con el derecho de gentes. Es un poder diplomático, discrecional.

Enlaces de interés